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Código Ético Calidad Artesana

El siguiente Código Ético tiene como fin recopilar las normas deontológicas que todo socio certificado y futuro socio firman cumplir en todo momento:


  • 1. A los efectos de la presente código, se considera “artesanía”, la actividad de creación, producción, transformación o reparación de bienes y la prestación de servicios, realizada mediante un proceso en el que la intervención manual constituye un factor predominante y que da como resultado un producto final individualizado que no se acomoda a la producción industrial totalmente mecanizada o en grandes series.

  • 2. El artesano garantiza que la información que ha facilitado a Calidad Artesana es veraz y actualizada. El artesano garantiza que en todo momento cumplirá con los requisitos para obtener el certificado de Calidad Artesana.

  • 3. El artesano es responsable de sus productos y en cualquier caso garantiza que la información facilitada y mostrada mediante cualquier medio es veraz y que todos los productos que comercializa cumplen con la normativa legal vigente.

  • 4. El artesano garantizará que la materia prima utilizada en sus productos es de máxima calidad y que cumplen todas las normativas higiénicas sanitarias.

  • 5. La publicidad del artesano y de sus productos, mediante cualquier medio, deberá ser conforme a la ley aplicable, leal, honesta y veraz, en los términos en que estos principios han sido desarrollados por el Código de Conducta Publicitaria de AUTOCONTROL y por el Código de Práctica Publicitaria de la Cámara de Comercio Internacional.

  • 6. Las técnicas de promoción de ventas, mediante ventaja económica o de cualquier medio (promociones publicitarias) deberán responder a los principios que rigen la publicidad en general, especialmente los de legalidad, veracidad y buena fe, sin que puedan constituir nunca un medio para abusar de la buena fe de sus destinatarios, ni explotar su posible falta de experiencia o conocimientos.

  • 7. Si el artesano se encuentra en la imposibilidad de enviar los productos adquiridos dentro del plazo indicado en el contrato, o a más tardar en el plazo de setenta días a partir del día siguiente a aquel en que el comprador le hubiera comunicado su pedido, deberá notificar esta circunstancia al consumidor, informándole del nuevo plazo en el que aquél/los estarán disponibles.

  • 8. Los artesanos certificados con Calidad Artesana se comprometen a promover, dar a conocer y difundir su adhesión a esa entidad. Los artesanos adheridos deberán insertar el Sello de Calidad Artesana en un lugar visible de su web, blog, redes sociales y podrán también hacerlo en otras formas de comunicación que consideren oportunas (cartelería, papelería, etc.). El Sello insertado en la web deberá enlazar con la ficha personal del artesano en Calidad Artesana con el fin de ofrecer a los posibles clientes la información completa del certificado obtenido.

  • 9. Podrán plantear reclamaciones cualquier persona, física o jurídica, que tenga constancia del incumplimiento de nuestro código ético. Calidad Artesana hará todo lo que esté en su mano para comprobar la veracidad de la denuncia. El artesano acepta en todo momento la resolución que Calidad Artesana dicte sobre la denuncia presentada.

  • 10. El artesano consentirá tantas revisiones y auditorías que Calidad Artesana decida realizar sobre los productos del artesano. Estas auditorías y revisiones no tienen porqué ser notificadas con anterioridad al artesano.